jueves, 19 de enero de 2017


Aclarando conceptos...

El numeral 15, literal a, del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo expresa que una causa de justo despido es: "La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que NO tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad”

Es decir que es importante que si a un empleado lo despiden por esta causa, este debe saber si su enfermedad es común o es producto de su trabajo y también tener claro que es una enfermedad crónica o contagiosa, aquí orientaremos un poco acerca de estos conceptos.

La enfermedad profesional o laboral está definida de la siguiente manera según el artículo 4 de la ley 1562 de 2012: “la contraída como resultado de la exposición de factores inherentes a la actividad laboral o del medio en que el trabajador se ha visto obligado a trabajar”.



Ahora para saber que enfermedades se consideran como profesional se debe consultar el decreto 1477 del 2014 publicado el 5 de agosto, en la cual se decreta la tabla de enfermedades laborales donde se discrimina por agentes de riesgo (químicos, físicos, biológicos, psicosociales y ergonómicos) y por grupo de enfermedades (infecciosas y parasitarias, trastornos mentales, cáncer, del sistema nervioso, entre otras).


Respecto a los conceptos crónico y contagioso se diferencian así:

La enfermedad crónica según la Organización Mundial de la Salud-OMS son enfermedades de larga duración y de lenta progresión. Según el Instituto Nacional de Salud en Colombia son enfermedades a las cuales no se les conoce una solución definitiva y por el contrario se deben realizar tratamientos para atenuar los síntomas y mantener funcional el cuerpo humano. 

Algunas de estas enfermedades son: anomalías congénitas, leucemia, diabetes, enfermedades cardíacas, enfermedades respiratorias, cáncer, entre otras.


      


Una enfermedad contagiosa comúnmente  también es llamada enfermedad infecciosa o enfermedad transmisible, sin embargo medicamente existe una diferencia entre estos tres conceptos.

La enfermedad infecciosa es causada por microbios patógenos como bacterias, virus, hongos, y puede ser o no contagiosa o transmisible.


La enfermedad contagiosa está definida como las enfermedades que se propagan mediante el contacto directo o cercano con una persona infectada, el medio ambiente o el animal portador, ya que el agente infeccioso puede sobrevivir fuera del cuerpo o del huésped.

Algunas de estas enfermedades son bronquitis, neumonía, tuberculosis, malaria, hepatitis, sarampión, varicela, gripe, dengue, fiebre amarilla, entre otras. 



La enfermedad transmisible es la que se propaga por contacto directo entre individuos, es decir el contacto físico de una persona sana con una persona infectada o con sus fluidos (saliva, sangre, semen, etc.), también de forma genética; en este caso el agente infeccioso no puede sobrevivir fuera del cuerpo humano, es decir nace, se reproduce y muere, cumple todo el ciclo vital dentro de un cuerpo. 


Respecto a los días de incapacidad, en Colombia públicamente no se conoce una guía para saber los días de incapacidad, esto lo manejan los médicos de acuerdo a sus conocimientos y a la evolución de los tratamientos, sin embargo consultando una guía que publicó el Ministerio de Salud del Gobierno de Chile en las cuales para enfermedades crónicas o contagiosas las incapacidades exceden los 180 días, como por ejemplo: para la meningitis tuberculosas que dan incapacidades hasta por 270 días, tuberculosis pulmonar no complicada hasta 180 días, cáncer de colon hasta 180 días, cáncer de tiroides hasta por 265 días, leucemia hasta por 180 días, anemia hasta por 180 días, esclerosis múltiple hasta por 180 días, entre otras. 

Como vemos las tanto las enfermedades crónicas como las contagiosas tienen un proceso largo de tratamientos para la atenuación de los síntomas o para la recuperación.


Como trabajadores es importante tener claros los anteriores conceptos!!!


referencias

Instituto Nacional de Salud. (s.f.) enfermedades no transmisibles. Recuperado de: http://www.ins.gov.co/lineas-de-accion/Subdireccion-Vigilancia/Paginas/no-transmisibles.aspx#.WH6cMBvhDIU

Instituto Nacional de Salud. (s.f.) enfermedades transmisibles. Recuperado de: http://www.ins.gov.co/lineas-de-accion/Subdireccion-Vigilancia/Paginas/transmisibles.aspx#.WH6kRhvhDIU

Laboratorio del lenguaje.  (2009). Infeccioso, contagios, transmisible. Recuperado de: http://medicablogs.diariomedico.com/laboratorio/2009/11/02/infeccioso-contagioso-transmisible/

Ley 2663. (Código Sustantivo del Trabajo) Diario Oficial No 27.407, Bogotá, Colombia. 9 de septiembre de 1950. Recuperado de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104

Ley 1562, Bogotá, Colombia. 11 de julio de 2012. Recuperado de: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley156211072012.pdf

Organización Mundial de la Salud. (s.f.) Enfermedades crónicas. Recuperado de: http://www.who.int/topics/chronic_diseases/es/



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